Lo que debes saber de la propuesta de actualización del sistema de jubilaciones en la UMSNH
Raúl Cárdenas Navarro, Rector de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, dio a conocer la Propuesta Inicial de Actualización del Sistema de Jubilaciones y Pensiones como una acción para buscar la viabilidad financiera de la UMNSH.
De esta propuesta se debe entender lo siguiente:
Existen tres tipos de casos y cinco variables.
TE PUEDE INTERESAR: Entérate en que consiste la propuesta de viabilidad financiera de la UMSNH
Los casos son a partir del tiempo que tiene el personal académico y administrativo laborando en la institución, en ese contexto se toman en cuenta tres tipos de casos:
1.- Caso del personal ya jubilado o pensionado o en activo que cuenta con ás de 25 años o más de servicio.
2.- Caso del personal con menos de 25 años de servicio.
3.- Caso de futuras generaciones a ingresar.
Las variables que se tomarán en cuenta serán:
1.- Edad biológica.
2.- Tiempo efectivo laborado.
3.- Salario regulador.
4.- Complementariedad de la pensión del IMSS.
5.- Constitución de un fondo de aportaciones.
Los sujetos que se encuentren en el primer caso, no tendrán ninguna modificación en sus los derechos de pensión y jubilación.
Los sujetos en la situación del segundo caso, es decir, con menos de 25 años, se analizaran las variables de la siguiente manera:
Edad biológica.- Estipulan que será la mínima de 60 años cumplidos e incrementar un año al tiempo efectivo laborado, por cada 5 años faltantes para alcanzar los 25 años.
Tiempo efectivo: En combinación con la edad biológica se seguirá la siguiente tabla.

Salario regulador base: Se considerará el 100% del promedio de los últimos siete años de salarios integrados del trabajador.
Complementariedad de la pensión: Se establecen dos criterios en este aspecto:
1.- Si el trabajador se encuentra al amparo de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de 1973, optará por la posibilidad de jubilarse por la Universidad y obtener la pensión otorgada por el IMSS.
2.- Si el trabajador se encuentra al amparo de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de 1997, la pensión será complementaria a la otorgada por el IMSS (Cuenta Individualizada-AFORE), es decir, la Universidad pagará la diferencia entre lo que reciba del IMSS y el sueldo descrito en el punto 3 de esta propuesta.
Constitución y aportación a un fondo: Se plantean tres formas.
1.- Que los trabajadores aporten el equivalente a un porcentaje de su salario.
2.- Que la Universidad en conjunto al Gobierno Estatal aporten el equivalente al 10% de los sueltos integrados.
3.- Que el Gobierno Federal aporten el equivalente al 10% de los sueltos integrados.
En el caso tres, de las generaciones académicas y administrativas a ingresar se tomará en cuenta las mismas variables pero permitiendo una viabilidad financiera a largo plazo para la universidad.
Redacción
