¿Cuánto tendrás que pagar con el incremento del agua potable? aquí te decimos
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Con la finalidad de garantizar desde la legislación el derecho humano al agua, así como establecer las responsabilidades de las autoridades municipales, en relación con las acciones y omisiones que contravengan las obligaciones y atribuciones jurídicamente establecidas para la protección y cuidado de este vital líquido, diputados propusieron una iniciativa de reforma a Ley Orgánica Municipal del Estado y a la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado.
 
Durante la sesión extraordinaria del día martes, un diputado propuso establecer en la legislación, de manera clara, la responsabilidad de las autoridades municipales para garantizar a la población el derecho humano al agua potable, y así dar certeza jurídica para el acceso al agua, sobre todo de los pueblos indígenas, comunidades afro mexicanas, y personas de las localidades rurales más marginadas.
 
En la exposición de motivos se expuso que de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se debe garantizar un volumen hasta de 100 litros por habitante por día para ser usada en las viviendas, mismo que constituye el volumen óptimo para atender todas las necesidades de consumo doméstico y de higiene personal de toda la población, considerando que conforme a los datos proporcionados por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, revelan que en nuestro país para el 2019, 9.3 millones de mexicanos no tenían acceso al agua potable, cifra que para el 2021 ha incrementado aproximadamente a 12 millones, lo cual es grave.
 
El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales propone introducir en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado, la obligación de los ayuntamientos de transparentar ante la ciudadanía, la información en torno al número de concesiones y el volumen disponible para el aprovechamiento de cada una de las localidades de los municipios, el término de su vigencia y el número de las prórrogas de concesión renovadas o en trámite de renovación.
 
Se aclaró que “para garantizar la prestación del servicio de agua potable, los ayuntamientos deberán realizar la renovación de las prórrogas de los títulos de concesión de agua potable que el municipio tenga bajo su circunscripción territorial, en tiempo y forma ante la Comisión Nacional del Agua”.
 
Por ello, en dicha propuesta establece que, se considera falta administrativa grave la omisión de los servidores públicos que siendo responsables de realizar la solicitud para la renovación de los títulos de concesión del agua potable no realicen los trámites pertinentes en tiempo y forma ante la Comisión Nacional del Agua.