Aunado a las reformas realizadas en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en el Código Penal se establecen sanciones por castigar física o psicológicamente a menores.
La sanciones penales para papás y mamás que castigue a sus hijos o hijas de forma psicológica o física, serán sancionados de 75 a 300 días de multa, y con cárcel de 9 meses a 3 años.
De igual forma, se aplicará a profesores, entrenadores, terapeutas o quienes ejerzan algún poder o de resguardo de los niños, niñas y adolescentes, y que les impongan castigos.
En el Código Penal se describe como castigo corporal, físico o psicológico: “todo aquél que impacte en la psique y cause dolor, malestar, menosprecio, humillación, denigración, amenaza o miedo a la niña, niño o adolescente”.
Las lesiones calificadas aumentan en dos tercios las penas establecidas. Estas sanciones se aplicarán a quien cause lesiones, con crueldad o frecuencia, a una persona menor de 18 años, sujeta a la patria potestad, tutela o custodia.
Por otro lado, en el articulo 129 del Código Penal, se establece que las lesiones a menores de edad se podrán aplicar sanciones igual o mayores a las mencionadas.
“A quien cause lesiones, con crueldad o frecuencia, a una persona menor de dieciocho años de edad, sujeta a la patria potestad, tutela o custodia del sujeto activo, se le impondrá la pena correspondiente al delito de lesiones calificadas y se decretará la suspensión de los derechos que tenga el agente en relación con la víctima”.