Inicio Nacionales Empresas tienen 5 años para cambiar a nuevos empaques

Empresas tienen 5 años para cambiar a nuevos empaques

0
Empresas tienen 5 años para cambiar a nuevos empaques
Foto:Entre Líneas

Empresas tienen 5 años para cambiar a nuevos empaques

El pasado viernes 27, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la actualización de la NOM-051 sobre etiquetado frontal para alimentos y bebidas no alcohólicas, en la que se establece que los productos preenvasados que ostenten unos o más sellos de advertencia de grasas saturadas, azúcares altas o la leyenda de edulcorantes, no podrá incluir en la etiqueta personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas.

La modificación a la Norma Oficial Mexicana 051 inició en agosto de 2019 y finalizó este 27 de marzo tras más de 20 reuniones de todos los sectores que participaron en e grupo de trabajo, la aprobación de los comités nacionales recibieron más de 5 mil comentarios de la industria, y la reunión de procedimiento realizada en los comités.

Esta nueva regulación tiene como objetivo que la población pueda conocer de una forma sencilla y rápida el contenido en los productos ultraprocesados y así determinar si es alto en azúcares, sodio o grasas saturadas, lo que representa riesgos para la salud en un consumo excesivo.

Para ello se usarán octágonos negros con contorno blanco que deberán estar colocados en la esquina superior derecha de la superficie principal de exhibición del producto. En aquellos productos con superficie principal de exhibición menor a 60 centímetros cuadrados se podrán colocar los sellos en cualquier área de dicha superficie.

Para el cálculo y evaluación de los valores y perfiles referentes a la información nutrimental complementaria se establecieron tres fases.

Dentro de la primera fase, los productos preenvasados que ostenten uno o más sellos de advertencia o la leyenda de edulcorantes, no deben incluir en la etiqueta “personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, tales como, juegos visual – espaciales o descargas digitales, que, estando dirigidos a niños, inciten, promueven o fomenten el consumo, compra o elección de productos con exceso de nutrimentos críticos o con edulcorantes, y hacer referencia en la etiqueta a elementos ajenos al mismo”.

La segunda fase consiste en los perfiles nutrimentales, y la tercera fase consiste en que las etiquetas deberán incluir información nutrimental complementaria que especifique si el producto tiene añadidos de azúcares libres, grasas o sodio, además de seguir aplicando íntegramente las disposiciones contenidas en la tabla anterior.

“La verificación y vigilancia de la presente Norma Oficial Mexicana se llevará a cabo por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y las dependencias competentes, en el ámbito de sus respectivas competencias, de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley General de Salud, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás ordenamientos jurídicos aplicables”, explica.

La norma exceptúa el uso de sellos de advertencia para productos que incluyan un solo ingrediente; hierbas, especias o mezcla de ellas; extractos de café, granos de café enteros o molidos descafeinados o no y que no contengan ingredientes añadidos diferentes a aromas; infusiones de hierbas, té descafeinado o no, instantáneo y/o soluble que no contengan ingredientes añadidos; vinagres fermentados y sucedáneos.

Fuente: Milenio

Contáctanos
Salir de la versión móvil