“Ley Ociel Baena” iniciativa de ley con la que se reprenda los discursos de odio

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Esta ley castigaría a los que hayan cometido un delito por motivos como religión, expresión de genero, religión, raza etc. de la victima.

Fue hace apenas el 15 de noviembre cuando la legisladora morenista, Salma Luevano, dio a conocer que buscaría sumar esfuerzos con otras fracciones partidistas en la cámara de diputados para la presentar una iniciativa de ley que busque la sanción de los discursos de odio la cual llevará por nombre “Ley Ociel Baena”.

La también partidaria de la búsqueda de justicia por la muerte de le magistrade de Aguascalientes, dio a conocer que dicha iniciativa busca “castigar y sancionar los discursos de odio” así como también a quienes los incentiven o promuevan.

En días recientes, por medio de su cuenta de X, la política aclaró que esta iniciativa, trata de castigar los crímenes de odio que se basen el la orientación sexual, identidad de género o expresión de genero, además consideró que “la falta de una perspectiva de diversidad sexual en la investigación, y una sanción acorde a la violencia con la que se cometen esto crímenes solo genera impunidad”.

Cabe recordar que la diputada, ha llevado arrastrado este tema desde hace ya un año cuando el 15 de diciembre del 2022 presentó una iniciativa para adherir al artículo 315 tercero del Código Penal Federal, esta iniciativa se realizó con el objeto de “establecer las causas que determinen si la comisión del delito de homicidio constituye un crimen de odio”.

En la iniciativa, se presenta una pena de 40 a 70 años de prisión cuando un homicidio se cometido basándose en la orientación sexual, identidad de genero y expresión del mismo, características sexuales, raza, religión, discapacidad, etnia o nacionalidad del fallecido.

Un segundo punto, menciona que el homicidio podrá considerarse por las razones anteriores cuando entre muchas otras evidencias, se encuentre en redes sociales la expresión de discursos de odio por parte del agresor, que existan denuncias anteriores al delito de amenazas o en su caso lesiones por la victima, que existan amenazas o lesiones de igual manera, previas en los centros de trabajo, educativos, entorno familiar, espacios públicos o privados.

Fuente: Heraldo

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