1.- I.V.A. (Impuesto al Valor Agregado)
En este impuesto colaboramos todos los ciudadanos, en un impuesto a los diversos productos del mercado, sus tasas son las siguientes:
-Tasa al 0%: Se aplica en la enajenación (compra y venta) de animales, vegetales, medicinas de patente, hielo y agua no gaseosa ni compuesta, Ixtle, palma y lechuguilla, tractores para accionar implementos agrícolas, fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas, invernaderos hidropónicos y equipos integrados a ellos para producir temperatura y humedad controladas, oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, libros, periódicos y revistas. Así como en la prestación de servicios independientes, directamente a los agricultores y ganaderos, de molienda o trituración de maíz o de trigo, de pasteurización de leche, en invernaderos hidropónicos, despepite de algodón en rama, sacrificio de ganado y aves de corral, reaseguro, suministro de agua para uso doméstico.
– Las tasas del 11% (zona fronteriza) y 16% (resto del país): Se aplica por enajenación (compra y venta) de bienes, prestación de servicios independientes, dación en uso o goce temporal de bienes (rentas), importación de bienes o servicios.
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2.- I.S.R. (Impuesto sobre la Renta)
Este impuesto dedicado para las empresas o negocios es uno de los mas elevados en mexico porque representa el 30% de las ganancias de: premios, intereses, servicio subordinado, actividades profesionales, arrendamiento, dividendos y ganancias repartidas, enajenación bienes.
3.- I.E.P.S. (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios)
Es un impuesto que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cervezas y tabaco.
este impuesto va dedicado a personas Físicas o Morales que enajenen los bienes siguientes: Bebidas con contenido alcohólico y cerveza, tabacos labrados, diésel, refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes. Y están exentas aquellas personas que enajenen los siguientes productos: Aguamiel y sus derivados, los comercializadores (no productores) de tabaco labrados gasolinas y diésel, cerveza, bebidas refrescantes, puros y otros tabacos labrados.
4.- I.D.E. (Impuesto sobre Depósitos en Efectivo)
Este impuesto se utiliza para evitar el lavado de dinero, se cobra si durante un mes se deposita más de $15,000.00 pesos en efectivo, sobre el excedente se cobra una tasa del 3%, esto no quiere decir que si se hacen 3 o más depósitos de menos de $15,000.00 no se cobra, es acumulable, si todos los pagos en efectivo en nuestra cuenta bancaria en un mes suman $50,000.00 de 15,000.00 no cobraran, pero a los 35,000.00 restantes se les aplicará dicho impuesto.
5.- I.E.T.U. (Impuesto Empresarial a Tasa Única)
Este es un impuesto que aplica y grava a todas las Personas Físicas y Morales residentes en territorio nacional. Grava las siguientes actividades: Enajenación de bienes, prestación de servicios independientes, otorgamiento del uso o goce temporal de bienes (rentas). Este impuesto tiene una tasa de 17.5%.
FUENTE: itimbre
